Galicia controlará las autorizaciones de concesiones y sus prórrogas en la costa
La Lei do Litoral (Lolga) impulsará una red hotelera y permitirá recuperar edificios en ruinas
La Lei do Litoral de Galicia (Lolga), aprobada con los votos del PP y la abstención de BNG y PSOE, busca dar seguridad jurídica a las empresas del sector marítimo-pesquero asentadas en el dominio público marítimo-terrestre.
La Xunta quiere una aplicación más laxa de los usos permitidos legalmente y sostuvo desde el primer momento que la gestión del Gobierno central, “con una interpretación restrictiva”, ponía en riesgo casi 4.000 edificaciones y empresas que operan en la costa.
A continuación se detallan algunos de los efectos de la aplicación de la ley ahora avalada por el Constitucional:
Concesiones en el DPMT
La parte más golosa del litoral, la primera línea de mar –el dominio público marítimo terrestre (DPMT)– pasará a ser responsabilidad exclusiva de la Xunta, que tendría de “forma clara y expresa” las atribuciones para autorizar todas las concesiones de ocupación y uso de suelo, así como las prórrogas cuando fuera necesario. Por tanto, dependerían del Ejecutivo gallego la concesión de los títulos destinados a autorizar piscifactorías, papeleras, astilleros, conserveras o cualquier otra actividad asentada junto al mar. Eso sí, cumpliendo los criterios y condiciones que establece la legislación estatal para el funcionamiento de estas instalaciones, entre los que se encuentra la duración de los periodos de concesión.
Recuperar edificios
Se abre la posibilidad de una segunda vida para 301 edificaciones preexistentes catalogadas que están abandonadas, como naves de salazón, conserveras, molinos, monasterios... El Estado no permite que se destinen a nuevos usos, pero la Lolga sí, para rehabilitarlos como centros de ocio, museos y, sobre todo, hoteles y restaurantes, dando así un impulso al turismo. Además, mediante una simple declaración responsable, sin necesidad de una autorización administrativa, los propietarios podrán reconvertir en establecimientos turísticos cualquier edificio residencial ya existente
Usos en primera línea de mar
La ley concreta las actividades que se permitirán en el DPMT. Serán los establecimientos de la cadena mar-industria, las acstividades e instalaciones que relacionan los puertos con sus núcleos urbanos, las dotaciones de saneamiento, abastecimiento o depuración, las instalaciones eléctricas o de gas que suministran energía a las actividades del DPMT así como también las destinadas a complementar la eólica marina, además de infraestructuras de servicio público que no tengan otra ubicación.
Zona de servidumbre
Es la zona que limita con el DPMT y se extiende tierra adentro 100 metros en suelo rústico y 20 en urbano. Se podrán desarrollar actividades de restauración y hostelería, servicios sanitarios, campamentos desmontables, instalaciones temporales para ocios y actividades recreativas y las obras e instalaciones necesarias para el desarrollo de los siete usos estratégicos que la Xunta ha definido para el litoral: cadena mar-industria alimentaria, sostenibilidad del sector pesquero y marisquero, interacción puerto-ciudad, patrimonio cultural, turismo, sendas y dotaciones esenciales de tratamiento de agua. Pero seguirá prohibida la construcción de nuevos edificios residenciales.
Eólica en el mar
La Xunta también regula una franja de mar de 12 millas de ancho. Sobre la instalación de parques eólicos Galicia no podrá intervenir, pero tendrá que realizar tres informes preceptivos en los que podrá manifestar su opinión aunque sea el Estado el que tenga e las competencias exclusivas.
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