MANUEL MÉNDEZ | AROUSA

La dirección xeral de Patrimonio Cultural, órgano dependiente de la Consellería de Cultura, incoa el expediente para declarar como Bien de Interés Cultural (BIC) al archipiélago de Sálvora, con la categoría de paisaje cultural.

De este modo aumenta la protección y reconocimiento para la singular isla situada en la boca de la ría de Arousa, a medio camino entre el Concello de O Grove y el Ayuntamiento de Ribeira, al que pertenece, estando adscrita administrativamente a la parroquia de Nosa Señora do Carme de Aguiño.

De este modo se anota ya de forma preventiva en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia, comunicándose la decisión al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado, tal y como se hace constar en el Diario Oficial de Galicia publicado hoy.

Protección integral

Esta incoación conlleva la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección que establece la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, para los bienes de interés cultural y para los paisajes culturales en particular, donde se aclara, por ejemplo, que "a los bienes declarados de interés cultural les corresponderá siempre una protección integral, sin perjuicio de los diferentes niveles de protección que correspondan a alguno de los elementos singulares que componen en conjunto un bien de carácter territorial".

Esa protección integral "implica la conservación íntegra de los bienes y de todos sus elementos y componentes en un estado lo más próximo posible al original desde la perspectiva de todos los valores culturales que conforman el interés del bien, respetando su evolución, transformaciones y contribuciones a lo largo del tiempo".

Posibles actuaciones

En este ámbito son actuaciones autorizables "las de investigación, valorización, mantenimiento, conservación, consolidación y restauración; y las de rehabilitación, que podrán autorizarse siempre que el proyecto de intervención garantice la conservación de los valores culturales protegidos y que se trate de adaptaciones necesarias para adecuar el uso original a los condicionantes actuales de conservación, seguridad, accesibilidad, confortabilidad o salubridad, o para adecuar el bien a un nuevo uso compatible con sus valores culturales que garantice su conservación y el acceso público al mismo".

También tienen cabida "las ampliaciones de un bien inmueble, exclusivamente en planta, en el marco de una actuación de rehabilitación, con carácter complementario a ésta, siempre que resulten imprescindibles para desarrollar el uso propuesto y se resuelvan como volúmenes diferenciados".

Sin olvidar los planes "de reconstrucción, de manera excepcional, cuando se utilicen partes, elementos y materiales originales de los que se pueda probar su autenticidad y posición original".

Un máximo de dos años

El expediente de declaración de Sálvora como BIC "deberá resolverse en el plazo máximo de veinticuatro meses desde la fecha de esta resolución, o se producirá la caducidad del trámite y el final del régimen provisional establecido", advierte la Consellería de Cultura, que abre un período de información pública durante el plazo de un mes "con el fin de que las personas que tengan interés puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren conveniente".

La Xunta adopta esta decisión porque "el paisaje de Sálvora cobija valores históricos, arquitectónicos, arqueológicos, etnológicos y científico-técnicos que se complementan con el interés desde el punto de vista de los valores del patrimonio natural ya protegido".

La Administración hace referencia así a "la acción humana transformadora del territorio, que se concentra en la isla de Sálvora, en la que se edifican la aldea, el faro, la tejería, la taberna y la salazón, elementos estos últimos que darían paso al almacén de formas palaciegas y a una austera capilla, o a las fuentes, caminos y otros recursos constructivos para gestionar el lugar", todo ello "elementos característicos y representativos de la arquitectura tradicional, vinculada a una época y a un modo de vida que manifiestan tanto la explotación del medio y la estructura social como la satisfacción de las necesidades físicas y sociales de las personas".

En la Consellería entienden que "los valores del conjunto del archipiélago de Sálvora y sus bienes integrantes, su propia identidad -definida a través de la combinación de sus valores naturales, históricos, patrimoniales, urbanísticos y paisajísticos-, además de la propia herencia cultural, surgida de las prácticas históricas ejercidas por sus habitantes sobre este territorio, aconsejan su declaración como Bien de Interés Cultural".

Y es que, cabe resaltar, "el archipiélago de Sálvora resulta un lugar identificable por el conjunto de cualidades culturales singulares, tanto materiales como inmateriales, en el que se combina la obra singular de la naturaleza y el desarrollo del ingenio humano, resultando un complejo destacable de la interacción e interpretación de una comunidad agroganadera y marinera en un medio natural generoso pero exigente, que lo sustenta y que constituye el soporte material de su identidad, en definitiva, un paisaje cultural singular".

Ubicación

Para aquellos poco familiarizados con el archipiélago de Sálvora puede decirse que "se encuentra en la parte occidental de la ría de Arousa y pertenece al Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia; comprende una superficie de 2.309 hectáreas marítimas y 248 hectáreas terrestres y constituye un ejemplo singular y casi único en Galicia de la evolución de una población adaptada a unas condiciones rigurosas del entorno, con escasos recursos disponibles, que desarrolla las premisas de la construcción tradicional del territorio en un contexto de inmediatez, aislamiento y extremas condiciones climáticas y geográficas, dando lugar al reconocimiento de un paisaje ligeramente antropizado, pero fundamentalmente influenciado por su presencia".