Cuando la burocracia es la jaula: la lucha de un preso de Vigo por volver a trabajar

Un recluso en tercer grado gana en el TSXG un segundo contencioso contra la Subdelegación del Gobierno, que le denegó en varias ocasiones un permiso de trabajo

El hombre fue encarcelado en 2006, tras ser detenido y luego condenado por intento de asesinato y de homicidio

El CIS Carmen Avendaño, donde residía el hombre y donde no le llegó la notificación

El CIS Carmen Avendaño, donde residía el hombre y donde no le llegó la notificación / Marta G. Brea

El artículo 25 de la Constitución española proclama que las penas privativas de libertad "estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social". Es posible que B. L. A. M. tenga la sensación de que ese apartado no se está cumpliendo en su caso. Condenado a 19 años de cárcel en 2008 por sendos intentos de asesinato y homicidio cometidos en Vigo, pelea desde 2020 con la Administración para conseguir un permiso de trabajo que le permita completar su reintegración en la sociedad.

De momento, ha ganado en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) el último asalto, pero el desenlace de esta historia kafkiana está por escribir. De su lado, al menos, han estado los abogados de oficio —que estos días protestan contra su precariedad—. Tanto Silvia Sabarís como David Carrera, de PGP Abogados, se han mostrado más eficaces que el letrado de Josef K. en El Proceso y le han permitido litigar con éxito contra la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra. Ahora la Administración debe concederle la oportunidad de presentar la documentación necesaria para que, esta vez, su solicitud pueda llegar a buen puerto.

El embrollo burocrático comienza por el hecho de que el hombre, de origen uruguayo, entró sin papeles en España y tampoco solicitó el asilo. Unos dos años después, permanecía en situación irregular cuando en la Nochebuena de 2006 intentó asesinar a su entonces pareja y también atacó al hijo adolescente de la mujer. Para seguir residiendo en España una vez cumplida la condena necesita la autorización para trabajar por cuenta ajena y propia, un paso imprescindible para obtener un permiso de residencia.

Informes "muy positivos"

B. L. A. M. estaba en tercer grado en 2020 cuando inició su laberinto burocrático. El hombre se encontraba residiendo el Centro de Inserción Social (CIS) Carmen Avendaño de Vigo, donde trabajaba en la cocina. Antes ya había realizado todas las tareas posibles en la cárcel de A Lama, donde cumplió la pena. Tanto desde el CIS como desde una asociación con la que colaboraba, le hicieron llegar a su primera abogada, Silvia Sabarís, informes "muy positivos" sobre su reintegración social.

La letrada se había hecho cargo de su caso por el turno de oficio porque la Subdelegación tumbó su primera solicitud del permiso de trabajo sin esgrimir ningún motivo. Presentaron entonces una demanda ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Pontevedra, que les dio la razón y obligó al organismo a tramitar la petición. La Subdelegación, entonces, consideró que le faltaba cierta documentación, así que remitió una notificación dando un plazo de 10 días para aportar los papeles pertinentes.

Sin la diligencia debida

Pero ese aviso nunca llegó a manos del recluso. En el expediente figuraba una dirección en Vigo donde residían unos familiares, pero los dos intentos de entrega por parte de Correos resultaron infructuosos. Así que la Subdelegación del Gobierno continuó con el procedimiento, hasta publicar la advertencia en el Boletín Oficial de España (BOE). Como era previsible, a B. L. A. M. le pasó inadvertida, de forma que el plazo expiró y la solicitud quedó de nuevo denegada.

La abogada Silvia Sabarís presentó entonces una segunda demanda, argumentando esta vez que la Administración no había sido diligente a la hora de notificar la resolución. Esgrimió que tenían la dirección de correo electrónico del reo, que sabían que residía en el CIS de Vigo y también que disponían de su propio contacto. Sin embargo, en esta ocasión el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Pontevedra consideró que la Subdelegación había obrado conforme a derecho.

El recluso, tras ser detenido en 2006 en la casa de Sampaio en la que ocurrieron los hechos

El recluso, tras ser detenido en 2006 en la casa de Sampaio en la que ocurrieron los hechos / Rafa Vázquez

El hombre manifestó su intención de recurrir ante el TSXG, pero la abogada consideró la pretensión insostenible, de modo que el caso recayó en el despacho de PGP. Luis Carrera, en su recurso, se apoyó en argumentos similares a los que había utilizado su colega. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia sentenció a su favor a finales de septiembre, al considerar que la Administración "no agotó todos los medios a su alcance" para hacer llegar la resolución ni actuó "con la diligencia debida".

Así pues, una vez que esta última resolución no ha sido recurrida en casación ante el Supremo, ahora el proceso vuelve a comenzar. La Subdelegación debe notificar al denunciante que dispone de 10 días para aportar la documentación que le faltaba para obtener el permiso de trabajo. De todos modos, la sentencia aún tardará unos dos meses en hacerse efectiva, según calcula Luis Carrera. Quedan capítulos para conocer el final del proceso de B. L. A. M.

Un caso de impacto

El hombre que protagoniza esta batalla jurídica saltó a los titulares en la Navidad de 2006, cuando tenía 36 años. En Nochebuena, en medio de la madrugada,<strong> atacó a su pareja en la habitación que compartían con un cuchillo</strong>, después de que ella se negase a mantener relaciones sexuales con él. El hijo de la mujer, de 16 años entonces, acudió en auxilio con otro cuchillo, pero también recibió varias puñaladas. Finalmente, fue un vecino el que logró reducir al hombre.

Tanto la mujer como su hijo sobrevivieron, aunque este último con secuelas graves por las cuchilladas recibidas en el hígado. Durante el juicio, dos años después de la agresión, <strong>su pareja reconocía que lo visitaba en la cárcel.</strong> "Perdono pero no olvido", había declarado. La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra condenó al hombre a una pena de 12 años de prisión por el intento de asesinato de su pareja y a otros 7 años por la tentativa de homicidio del adolescente. En la sentencia, ratificada por el Supremo, también se imponían sendas órdenes de alejamiento durante 14 y 10 años, respectivamente.

Suscríbete para seguir leyendo