Indemnizan con 20.000 euros a una viguesa que "perdió calidad de vida" tras un atropello

La Audiencia Provincial corrige al juez de primera instancia y eleva la compensación para la mujer, que quedó incapacitada para su trabajo como administrativa en el Álvaro Cunqueiro

El paso de peatones en el que ocurrió el siniestro que dejó herida a la mujer

El paso de peatones en el que ocurrió el siniestro que dejó herida a la mujer / G. M.

Un atropello de esos que se consideran leves en los partes de los servicios de emergencias acabó por suponer "un punto de inflexión" negativo en la vida de una administrativa del hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo. El golpe recibido derivó, entre otras afecciones, en una cojera que le condiciona en sus quehaceres diarios hasta el grado de que se le reconoció la incapacidad permanente total para ejercer su trabajo.

La mujer desarrollaba una "vida normal que ahora parcialmente se ha frustrado", ya que, al margen de tener que dejar su trabajo, "ha ganado peso, tiene dolores relevantes, camina con inestabilidad y cojera leve". Así lo establece una reciente sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, con sede en Vigo, en la que corrige una anterior de un juzgado de primera instancia y concede a la víctima una indemnización de 20.000 euros, que tendrá que asumir la aseguradora del coche culpable del siniestro.

El atropello ocurrió en febrero de 2020, cuando la mujer cruzaba de manera correcta por un paso de peatones de Alcabre, cuando un vehículo, golpeado por detrás por otro, la alcanzó. La mujer no quedó conforme con la valoración de los daños realizada por la aseguradora, así que acudió a los tribunales; el Juzgado de Instrucción n.º 11 incrementó ligeramente las compensaciones, pero ella no quedó satisfecha y recurrió ante la Audiencia.

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La víctima tuvo nuevas patologías derivadas de la lesión de tobillo sufrida en el siniestro / FDV

Los magistrados de la Sección Sexta tampoco recogen todas las reclamaciones de la víctima, pero su fallo es notablemente más beneficioso. En primera instancia no se reconocía que dos lesiones —una de ellas por cargar demasiado el pie sano— derivasen del siniestro, pero esta segunda sentencia sí lo considera probado. Le concede por la "clara pérdida de calidad de vida" los citados 20.000 euros por un perjuicio moderado, en lugar de los 40.000 que pedía ella.

Otras compensaciones

Además, el segundo fallo, contra la que cabía recurso ante el Tribunal Supremo, aumenta la compensación en relación con varias de las lesiones; cuanta mayor es la puntuación en cada aspecto, mayor es la indemnización económica, que depende también de la edad de la víctima.

Por la artrosis postraumática de tobillo la aseguradora daba 3 puntos, el juez de primera instancia lo subió a 4 y ahora queda en 6 puntos. "No puede permanecer de pie ni deambular con normalidad", describen los magistrados, y añaden que esa dolencia le generó una segunda patología en el otro pie. También reconoce otros seis puntos por perjuicio estético ligero, por los 3 de la primera sentencia. "Por la presencia de la cicatriz, la alteración de la sensibilidad y dolor junto a la deformidad del maléolo del tobillo", justifican.

La sentencia, en cambio, coincide con la de primera instancia en rechazar otras de las pretensiones de la víctima. Por ejemplo, no se le reconoce el estrés postraumático, porque se considera que sus trastornos psiquiátricos ya eran anteriores al accidente y estaban vinculados a "síntomas afectivo-emocionales", sin que ningún informe médico probase el citado estrés postraumático. Tampoco se le aumenta la compensación por un dolor en la zona sacra, porque no queda claro que derive del golpe recibido en el siniestro.

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