El pasado jueves he iniciado una nueva etapa en mi vida profesional al tomar posesión del cargo de consejero del Tribunal de Cuentas. Al tratarse de un órgano constitucional que depende directamente de las Cortes Generales, debo proceder en lo sucesivo con mucha prudencia tanto a la hora de elegir los temas sobre los que habrán de versar mis futuros artículos como al afrontar el modo de tratarlos. Obviaré los temas políticos de tipo partidista y, solo cuando la ocasión lo requiera y haya un trasfondo jurídico, escribiré sobre cuestiones de alcance general.

Por lo que antecede, en lo sucesivo predominarán los artículos sobre temas de carácter general, entre los que ocuparán un lugar especial, por sugerencia de Ramón Pernas, las reflexiones que me susciten los significados de ciertas palabras cuidadosamente elegidas del Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua.

Para iniciar esta nueva línea voy a comentar la palabra “abrazar”, que posee, entre otras, las siguientes acepciones: “1. Ceñir con los brazos. 2. Estrechar entre los brazos en señal de cariño. 6. Admitir, escoger, seguir una doctrina, opinión o conducta. 7. Dicho de una persona: Tomar a su cargo algo”.

Como pueden apreciar a simple vista, abrazar puede consistir desde una simple acción física y unilateral hasta el acto intelectual de adherirse a ideas o doctrinas. En las líneas que siguen, expongo las consideraciones que me suscita dicho término.

“Abrazar puede consistir desde una simple acción física y unilateral hasta el acto intelectual de adherirse a ideas o doctrinas”

La acción de abrazar describe, antes que cualquier otra cosa, una acción desarrollada por ciertas partes del cuerpo: ceñir o rodear con los brazos. La perspectiva desde la que se contempla esta primera acepción es la puramente física del sujeto agente. La palabra nos describe lo que hace ese sujeto con sus brazos, pero omite toda referencia a la otra parte de la acción: lo que es ceñido o rodeado con los brazos. Por eso, este significado describe una acción física y unilateral.

Más interés despierta la segunda acepción, ya que, además de la actividad anterior de ceñir o rodear con los brazos, añade un sentido determinado: el abrazo se da “en señal de cariño”. Este añadido sugiere, de una parte, que entramos en el delicado terreno de las intenciones, abrazar con “cariño”; y, de otra, que convendría precisar qué es aquello que puede ser abrazado con esa intención.

Dicho de otra manera, este segundo significado, además de aludir al gesto en sí de hacer pasar los brazos de alguien sobre algo, plantea el reto de averiguar el sentido que se esconde tras este gesto y quiénes puede ser destinatarios de él.

En cuanto a la primera de esas dos cuestiones, el Diccionario reduce el sentido del abrazo a una muestra o indicio de un sentimiento: el cariño o –lo que es lo mismo- el amor, el afecto, la añoranza o la nostalgia. Es decir, transmitir un sentido de afecto o estima hacia el abrazado. Lo cual tiene sentido porque carecería por completo de él afirmar que se abraza a alguien “en señal de odio o rencor”.

Pero ¿solo puede reducirse el sentimiento implícito en un abrazo a algo de tanta intensidad como el cariño y demás sentimientos mencionados? Planteado de otro modo, ¿puede darse un abrazo en señal de otra cosa?

Considero que sí, que puede haber abrazos que se deban a algo diferente. Y es que cabe que haya casos en los que la relación entre el abrazante y el abrazado se traduzca, por ejemplo, en un simple sentimiento de solidaridad. Piénsese en dos desconocidos, que de repente se ven sumidos en una situación emocional en la que una de ellas siente el deseo de abrazar a otro para compartir su alegría o apoyarlo en su tristeza. Pero sin mayor compromiso: lo que dure el abrazo y con el significado que quiera darle cada uno de los abrazados. Son vidas que se han cruzado por casualidad, y el ofrecimiento del abrazante es respondido por el abrazado aceptando la oferta sin más: se sobreentiende que es porque uno o ambos lo necesitan. En estos casos, la señal que refleja el abrazo no llega a alcanzar la intensidad del cariño.

Las cosas cambian cuando existen sentimientos entre los dos que se abrazan. En estos casos, en la acción material de ceñirse mutuamente los brazos hay un mensaje que puede ser tan variado como lo son los sentimientos del ser humano. El abrazo se convierte entonces en un gesto plurivalente. Si los sentimientos son las impresiones que causan en el alma las cosas espirituales, el abrazo puede responder, como decía antes, al amor, la amistad, el cariño, el miedo, el dolor, la tristeza, la alegría, etc. Y precisamente porque los sentimientos admiten grados de intensidad, el abrazo que responde a cada uno de ellos varía en función de su propia vehemencia.

Pero todavía hay otra una nota en el abrazo entre dos que conviene significar: su carácter íntimo y, por tanto, invisible. Como los dos tienen su propio sentimiento y solo cada uno de ellos sabe con certeza cuál es el suyo, en muchas ocasiones es muy difícil, por no decir imposible, decir la señal a la que responde el abrazo. Porque, a veces, las apariencias engañan, y el sentimiento íntimo de uno, o el de los dos, puede no responder al sentimiento que se presume.

En cuanto a los destinatarios del abrazo, es decir, los abrazados, el Diccionario de la RAE prescinde por completo de ellos, no establece ninguna limitación: puede ser una persona, un animal, una cosa (una vieja foto, por ejemplo) o incluso algo tan inmaterial como las doctrinas, las ideas, etc. Cuando se pone en relación abrazo y una entidad material, hay una acción de tipo físico, según señalé anteriormente, que puede comportar distintos sentimientos. En cambio, cuando lo abrazado es algo inmaterial, como una idea, una opinión o una doctrina no hay propiamente acción física alguna, sino la acción figurada de adherirse a ese pensamiento. Con todo los abrazos que prefiero son los que se dan y reciben con el alma.