El Tribunal Supremo acaba de reconocer la existencia de una relación laboral entre unos 38 becarios que prestaron servicios para la Diputación de Pontevedra y el ente provincial. El fallo lo desveló la Sección Sindical de Comisiones Obreras en la Diputación que explica que los tribunales dan la razón a sindicato en las denuncias que venían realizando desde hacía tiempo.

Desde Comisiones Obreras se señalaba que el gobierno provincial estaba utilizando a estos becarios para realizar trabajos que correspondían realmente al personal laboral y que "este sindicato no permitiría este fraude". Fue así como se realizó una Inspección de Trabajo en el ente sobre 200 becarios que participaban en estos programas de prácticas laborales puestos en marcha por la Diputación. Comisiones Obreras realizó asambleas para animar a los becarios a que llevaran el caso a los tribunales y solo un total de 27 accedieron a tramitar denuncias a través del sindicato que es conocedor de que hay al menos otras diez denuncias más por la vía particular. "Estos becarios, en muchos casos, por miedo a represalias del gobierno no presentaron las denuncias, a algunos se les ofreció un pequeño contrato para que no siguieran adelante por la vía judicial que, una vez terminado, pasaron a engrosar las listas del paro", asegura José Ramón Piñeiro, secretario de la sección sindical de CC OO en la Diputación, "consumándose así el engaño".

Comisiones afirma que los afectados deberán ser hechos indefinidos

Comisiones asegura que aquellos que presentaron denuncia consiguieron "que con esta sentencia sean indefinidos, sin posibilidad por parte del equipo de gobierno de poder recurrirla" y con la "obligación de tener que crear las plazas de estos trabajadores".

El fallo judicial del Supremo es realmente un auto en el que el Alto Tribunal no admite a trámite el recurso de la Diputación contra las sentencias del juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra y el Tribunal Superior de Justicia de Galicia que reconocen la existencia de una relación laboral entre la Diputación y estos becarios. La inadmisión del recurso mediante este auto da firmeza a ambas sentencias. Se trata de personas que teóricamente realizaban prácticas laborales en Areeiro, como maestras y maestros composteiros, en el servicio de patrimonio documental y bibliográfico de la Diputación y de práctica laboral para el propio ente y los ayuntamientos. En el auto, el Supremo señala que el TSXG y el juzgado de lo Social constataron "la naturaleza laboral de la relación jurídica entre la Diputación de Pontevedra y los becarios relacionados en el Acta de Inspección de Trabajo" señalando que no había una finalidad formativa sino "obtener un servicio por cuenta ajena de carácter retribuido" sin que hubiera o supervisara a veces la actividad de los mismos una "presencia tutorial" para formar a estas personas.