La entrada en vigor de las nuevas restricciones en Galicia con motivo del avance de la pandemia suponen el cierre de un buen número de establecimientos considerados no esenciales, desde hostelería a gimnasios pasando por museo y bibliotecas. Para ellos ayer era el último día antes de bajar la persiana por lo menos durante las tres próximas semanas.

Con todo, después de tantas fases, desescaladas y nuevas olas, la confusión sobre qué se puede hacer y qué no o cuáles son los servicios que echan el cierre en esta ocasión está presente. Esta lista recoge en detalle las actividades que quedan clausuradas y las que se mantienen según la orden publicada en el Diario Oficial de Galicia.

Echan el cierre

  • Espectáculos y ocio: cines, teatros, plazas de toros, circos, recintos feriales, locales recreativos y de juegos, casinos, bingos, locales de apuestas, parques de atracciones y acuáticos, locales culturales y sociales, museos, bibliotecas, salas de conferencias y conciertos, zoológicos y centros de ocio infantil. También se suspende la actividad de clubs de jubilados y aulas de naturaleza.
  • Hostelería: restaurantes, salones de banquetes, cafeterías y bares, salas de fiestas, discotecas, pubs y furanchos. También se suspenden los albergues turísticos.
  • Deportes: estadios y pabellones deportivos, gimnasios, piscinas, pistas de patinaje y demás pistas de competición.
  • Educación: las universidades suspenden su actividad lectiva hasta el 8 de febrero y será no presencial al menos hasta el 17 de febrero. Se suspende la actividad presencial en escuelas de idiomas, artes y diseño, conservatorios y escuelas de música y danza, escuelas de arte dramática y centros autorizados de deportes y artes plásticas.
9

Nuevas restricciones para frenar el COVID-19 en Galicia a partir del miércoles 27 de enero Marcos Romero

Permanecen abiertos

  • Hostelería: se mantiene el take away tanto con entrega a domicilio hasta las 24h como para recogida en local. En este segundo supuesto, la estancia en el local deberá ser la mínima imprescindible. También permanecerán abiertos los comedores o cafeterías de centros de trabajo cuyo servicio se limitará a los trabajadores, así como las cafeterías de hospitales para uso de los acompañantes de pacientes. Los hoteles continúan con su actividad.
  • Comercio: el comercio no esencial estará abierto hasta las 18:00h con un aforo del 50%. Los esenciales (alimentación, panadería, estancos, gasolineras, farmacias, ortopedias, tiendas de animales...) podrán extender su horario hasta las 21:30. En el caso concreto de centros comerciales el aforo se limitará al 30% y deberán cerrar fines de semana y festivos. Se permiten las ferias y mercadillos al 50%.
  • Deportes: podrán permanecer abiertas las instalaciones deportivas en las que se celebren entrenamientos o competiciones estatales, cuyos vestuarios y zonas de ducha podrán ser utilizados con una ocupación máxima del 30% del aforo.
  • Educación: En cuanto a la actividad docente en las etapas no universitarias se mantiene la docencia presencial. Colegios, institutos y escuelas infantiles siguen abiertos. Continúan su actividad también autoescuelas, centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación con aforos al 50% y la recomendación de dar prioridad a las lecciones telemáticas.
  • Actividades de culto: los lugares de culto permanecerán abiertos con capacidad al 30%. Se prohíben las celebraciones fuera de los templos, los coros y las agrupaciones vocales. Tampoco habrá ningún tipo de contacto físico y las pilas de agua bendita estarán vacías.
  • Bodas, velatorios y funerales: los enlaces se permiten pero solo podrán acudir convivientes. Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones públicas o privadas con un límite de 5 personas en el interior, sin contar los convivientes, o 15 en exterior. La comitiva fúnebre se limita también a 15 personas, entre familiares y allegados.

Todas las actividades que continúan disponibles están igualmente reguladas por los cierres perimetrales, el toque de queda y las reuniones limitadas convivientes, con las particularidades establecidas para parejas sentimentales que vivan en diferentes domicilios y el resto de excepciones a las restricciones en Galicia.