Ley de Bienestar Animal: evita las cuantiosas multas por olvidos o descuidos

La normativo entró en vigor el pasado 29 de septiembre

Lo que hay que saber de la ley de bienestar animal que ya está en vigor

Agencia Atlas

Tener una mascota es una gran responsabilidad. Garantizar su seguridad y otorgarle todos los cuidados necesarios son obligaciones que debemos cumplir cuando decimos incorporar un peludo a nuestra familia.

Con el objetivo de que estas obligaciones se cumplan, el Gobierno ha sacado adelante la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, que entró en vigor el 29 de septiembre y tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de los animales de compañía y que deja claramente reflejada la obligatoriedad de asumir los cuidados, vigilancia y necesidades de una mascota.

Esta normativa recoge una serie de puntos básicos sobre los cuidados y prohibiciones acerca del tipo de animales que se pueden tener en un domicilio, pero hay uno de los puntos de esta nueva ley que se te puede haber escapado y que debes conocer si no quieres recibir una cuantiosa multa.

Con el objetivo de asegurar la protección de las mascotas, esta ley fija también el tipo de collares que deben llevar las mascotas. "Quedan expresamente prohibidas las siguientes actividades sobre los animales de compañía: se prohíbe el uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal, en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo", señala el artículo 27 de la nueva ley.

Los otros puntos que recoge la nueva Ley de Bienestar Animal son:

Los perros no podrán estar solos más de 24 horas

La nueva ley establece que los perros no podrán dejarse solos más de 24 horas. Y el resto de mascotas no podrán permanecer sin supervisión más de tres días consecutivos. Además, la norma prohíbe dejar a perros y gatos en “terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios” o en el interior de un vehículo.

Prohibido dejar a un perro en la puerta de una tienda

La ley que entra hoy en vigor prohíbe mantener a los animales “atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial” de su cuidador. Por ejemplo, ya no puede dejarse el perro atado a la puerta de un supermercado o una tienda.

Curso obligatorio para los dueños

Una de las obligaciones que ha quedado en stand by está dirigida a los dueños de perros, que una vez que se apruebe el reglamento que acompañe la ley deberán hacer un curso online y gratuito sobre tenencia responsable.

Seguro de responsabilidad civil

Otro de los preceptos que mañana no entrará en vigor es la necesidad de contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños materiales y personales que pueda provocar un perro. El nuevo Ejecutivo dará instrucciones sobre cómo debe hacerse y qué cuantías debe cubrir. Hasta ahora este seguro solo era obligatorio para los perros considerados peligrosos, categoría que se mantiene con la nueva ley.

Microchip y esterilización de gatos

Lo que sí entra en vigor hoy es la obligación de identificar con un microchip a perros, gatos y hurones, para garantizar su control y seguridad. Así, si se pierden, podrán ser localizados y devueltos a sus dueños. Asimismo, habrá que esterilizar a los gatos, para evitar la reproducción indiscriminada y el posible posterior abandono.

Las tiendas no podrán vender perros ni gatos

Los establecimientos de mascotas cuentan con un plazo de un año para dejar de vender perros, gatos y hurones, que solo podrán adquirirse a criadores autorizados. El objetivo es evitar compras compulsivas que luego puedan acabar en el abandono de los animales, dado que se dejan en cunetas o protectoras de animales unos 300.000 animales al año.

Prohibido el sacrificio de mascotas

Además de evitar el abandono, otro de los objetivos de la norma es el sacrificio cero. Por eso, se prohíbe la muerte de animales de compañía en los centros de protección animal, que ya no podrán sacrificarlos por falta de espacio o por motivos económicos. La eutanasia solo estará permitida bajo criterio veterinario.

Qué animales no se podrán tener como mascotas

No podrán criarse en los hogares animales peligrosos o venenosos, los mamíferos silvestres de más de cinco kilos y reptiles (excepto tortugas) de más de dos kilos como serpientes o iguanas. Tampoco podrán utilizarse animales domésticos en espectáculos públicos ni someterlos a trabajos excesivos